La Oficialía Mayor de Culturas del Gobierno Municipal de La Paz, instruirá a la Asociación de Conjuntos Folklóricos del Gran Poder el pago de Bs 2,50 por cada integrante de fraternidad participante en la entrada, por el uso de la música de acuerdo con la Ley 1322, según informó a EL DIARIO Andrés Sarati, Director de Promoción Cultural.
La Ordenanza respectiva estará en consideración del Concejo Municipal el próximo martes.
SOBODAYCOM
Según Enriqueta Ulloa, presidenta de la Sociedad Boliviana de autores y compositores de Música (Sobodaycom), su entidad presentó la propuesta que fue acogida por las autoridades ediles de cultura.
Aclaró que representa a una institución privada que cuenta con alrededor de 1.500 socios inscritos.
El derecho de autor es una rama de la propiedad intelectual que hace referencia al conjunto de normas que regulan los derechos que la ley concede a los creadores de una obra artística, sea ésta de carácter musical, literario, cinematográfico o computarizado.
El registro del derecho de autor protege moral y patrimonialmente a la obra y su autor y da a conocer públicamente la autoría.
Ulloa aclaró que Sobodaycom tiene el deber de hacer prevalecer la norma y “cobrar, administrar, y distribuir los recursos para beneficio de los autores de letra y música de las obras”.
POSICIÓN DE LA ACFGP
Al ser consultado por EL DIARIO, el presidente de la Asociación de Conjuntos Folklóricos del Gran Poder (ACFGP) Fernando Valencia sentenció que “ningún bailarín pagará para bailar” y se excusó por no poder exponer públicamente las razones.
Sin embargo, la Oficialía Mayor de Cultura espera que se llegue a un acuerdo entre partes para evitar problemas que en anteriores años se registraron sobre este mismo tema.
La Ordenanza respectiva estará en consideración del Concejo Municipal el próximo martes.
SOBODAYCOM
Según Enriqueta Ulloa, presidenta de la Sociedad Boliviana de autores y compositores de Música (Sobodaycom), su entidad presentó la propuesta que fue acogida por las autoridades ediles de cultura.
Aclaró que representa a una institución privada que cuenta con alrededor de 1.500 socios inscritos.
El derecho de autor es una rama de la propiedad intelectual que hace referencia al conjunto de normas que regulan los derechos que la ley concede a los creadores de una obra artística, sea ésta de carácter musical, literario, cinematográfico o computarizado.
El registro del derecho de autor protege moral y patrimonialmente a la obra y su autor y da a conocer públicamente la autoría.
Ulloa aclaró que Sobodaycom tiene el deber de hacer prevalecer la norma y “cobrar, administrar, y distribuir los recursos para beneficio de los autores de letra y música de las obras”.
POSICIÓN DE LA ACFGP
Al ser consultado por EL DIARIO, el presidente de la Asociación de Conjuntos Folklóricos del Gran Poder (ACFGP) Fernando Valencia sentenció que “ningún bailarín pagará para bailar” y se excusó por no poder exponer públicamente las razones.
Sin embargo, la Oficialía Mayor de Cultura espera que se llegue a un acuerdo entre partes para evitar problemas que en anteriores años se registraron sobre este mismo tema.
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